lunes, 14 de julio de 2008

AMPLIACIÓN DE HORARIOS HASTA LAS 23 HORAS

Tras el anuncio por parte de ampliación de horarios por CARREFOUR hasta las 23 horas, queremos expresar nuestra opinión:

- Estamos totalmente en contra porque, parte de una consideración de las trabajadoras y trabajadores del sector como meros factores de producción y sujetos de consumo, incompatible con los principios constitucionales de dignidad de la persona y libre desarrollo de su personalidad, al invadir, literalmente, todo su tiempo, impidiendo así, además, la conciliación de la vida laboral y personal.

- Que trataremos de impedir que ALCAMPO tome una medida semejante exigiendo el cumplimiento del Artículo 32 del Convenio Colectivo “las modificaciones en los turnos horarios en el calendario anual no podrán suponer variaciones en la jornada diaria superior a una hora sobre la que regularmente venga efectuando cada trabajadora y trabajador con respecto a la del año anterior”. Estas modificaciones solo se pueden realizar una vez al año, en enero, respetando una serie de límites.

- Por ello, denunciaremos cualquier cambio de horarios, o ampliación de jornada o deslizamiento del horario, ya que supone una modificación sustancial de las condiciones de trabajo, que vulneraría el Artículo 41 del Estatuto de los Trabajadores.

- Pediremos el respeto escrupuloso al Acuerdo de Distribución de la Jornada y el acuerdo de cajas que impide trabajar al turno de tarde más allá de las 22:30 horas.

- Pediros que no firméis ninguna modificación voluntaria de vuestros horarios que os pudiera proponer la Empresa, porque lo que es hoy “voluntario” mañana será obligatorio y esto va en perjuicio tuyo y de todos los compañeros.

Si tenéis alguna duda acudid a los delegados de CCOO de vuestro centro.

jueves, 10 de julio de 2008

ALCAMPO SE EQUIVOCA, LA PARTICIPACIÓN ACCIONARIAL DE LA PLANTILLA NO PUEDE BASARSE EN LA DISCRIMINACIÓN

REPARTIDO EL DIA 14 DE JULIO DE 2008 A TODOS LOS TRABAJADORES

Los días 17 y 18 de junio se ha reunido el comité intercentros de Alcampo con la dirección de la empresa para tratar, entre otros asuntos, la integración del sistema Valprima en la participación de acción, que no contó con el acuerdo de CCOO por considerar que es discriminatorio y lesivo para la plantilla.Madrid 20/06/2008 Según la sección sindical de CCOO de Alcampo el acuerdo de integración del Sistema Valprima en la participación de acciones, que solamente fue suscrito por el departamento sindical de la empresa, Fetico, puede resumirse en pocas plabras: a partir de ahora, en el caso de que se tenga derecho a cobrar la Prima de Progreso, se cobrará en acciones si bien las personas que en la actualidad prestan sus servicios en la empresa tendrán la opción de elegir entre el pago en metálico o en acciones. Es esta discriminación, entre otros motivos (ver archivo anexo), el que ha llevado a CCOO a no suscribir el acuerdo Valprima, por considerarlo discriminatorio y lesivo para la plantilla de Alcampo. En relación con las acciones de Valauchan, el comité intercentros pidió información acerca de las dificultades que se estaban produciendo a la hora de vender las acciones y sobre el tratamiento fiscal que tienen estas acciones. Respecto de la venta de acciones y el retraso producido, la empresa respondió que los problemas se debían a fallos técnicos en la entidad gestora de Valauchan Internacional. Y en cuanto al problema con Hacienda, Alcampo contestó que facilita información sobre este tema a los trabajadores. CCOO planteó una propuesta de negociación para implantar un plan de pensiones, que fuera una prestación complementaria al sistema de pensiones públicas, encontrando que la empresa manifestó una vez su negativa a valorar una propuesta de este tipo, que beneficia a todos los trabajadores y trabajadoras. En materia de licencias retribuidas se comunicó a la empresa la irregularidades que se están produciendo en muchos centros a la hora de conceder el permiso retribuido recogido en el convenio en cuanto a enfermedad grave y su justificación, sin que se pudiera llegar a un acuerdo ante la pretensión de que fuera la empresa quién califique la gravedad o no de la enfermedad. En cuanto a que en determinados centros se tase el tiempo para acudir al médico, se le manifestó a la empresa que incumplían el convenio, ya que el mismo dispone que se dispondrá de licencia para asistir al médico, ”.. por el tiempo preciso, y con justificación del mismo...” Alcampo tuvo que reconocer lo que recoge el convenio colectivo y decir que así debe ser.